***************************** | - Cumplir y
hacer cumplir la misión institucional establecida en la Ley y reglamento
castrenses;
- Ejercer
la Dirección industrial, financiera, técnica, administrativa, de trasporte y
control de la Institución;
- Mantener
informado al Comandante de las Fuerzas Militares;
- Organizar
el Banco Nacional de Pruebas.
- Otorgar
el Permiso la Tenencia de Armas de Fuegos;
- Administrar
el Registro Nacional de Armas de Fuegos, para la inscripción y habilitación de
todos los Importadores, Exportadores, Fabricantes y Usuarios de Armas,
Municiones y Explosivos; y de todas personas que se dedique a comercializar,
industrializar y emplear dichos Materiales; Clubes de Tiros, talleres de
Armería, Fabricas de Artículos Pirotécnicos, y Coleccionistas, conforme a las
leyes vigentes, representar a la Institución en todos los actos, ceremonias,
acuerdos que se relacionen con sus funciones, en el orden cástrense y Civil;
- Realizar por o asociado con Entidad Publicad o Privada, Nacionales o Extranjeras y, en su caso, autorizar , controlar la fabricación, importación, exportación, comercialización, transito, traslados, almacenamientos, deposito, y custodias de las Armas de Fuegos, sus piezas, partes, municiones, explosivos, pólvoras y demás accesorios. Dentro del territorio Nacional Elevara al Poder Ejecutivo un informe cuatrimestral de las actividades cumplidas y referidas a la Ley;
- La asociación con entidad pública o privada extranjeras podrá darse
ajustando los procedimientos legales exigidos a este efecto;
- Fiscalizar Las materias primas, maquinarias, y
artefactos para la fabricación de materiales;
- Firmar los contratos de: a) provisión de insumos conformé a las leyes
que le faculta a la DIMABEL, en los atinente a los explosivos; b) personal
contratados por la institución, como ser jornaleros y servicios
profesionales; c) la provisión de bienes y/o servicios;
- Coordinar con las Fuerzas Singulares, los pedidos de cooperación de
instrucción (PCI), conforme a la directiva General de Instrucciones por el
Comando de las Fuerzas Militares, para la entrega de materiales explosivos
y/o municiones a las Unidades Militares, y a las Instituciones de
Enseñanzas de las FF.MM, para las operaciones independientes, conjuntas o
combinadas y otras relacionadas a la misión de las mismas;
- Establecer los planes de trabajos para producción de materiales y
elementos necesarios para la Defensa Nacional, para el consumo de las
FF.MM de la Nación y para la formación progresivas de las reservas o stock
de movilización;
- Reglamentar los procedimientos Administrativos, para las multas,
decomiso y percepción de los aranceles establecidos de conformidad a las
atribuciones de las disposiciones legales, para el cumplimiento de sus
fines, el depósito bancario correspondientes y la contabilización de las
mismas;
- Dictar el reglamento interno de la Institución, crear dependencias
conforme a las necesidades, nombrar, promover y despedir al personal
contratado de conformidad a las leyes y reglamentos que rigen las
materias;
- Promover la capacitación, adiestramiento constante
del personal, militar y técnico, a través de cursos, seminarios, instrucciones
especiales dentro y fuera del país, mediante el usos de becas y similares en
este último caso;
- Disponer de las medidas disciplinarias, que correspondan a los empleados militares destinados en la institución conforme a lo establecido en la Ley Nº 1115/97 “Estatuto del Personal Militar”;
- Supervisar y aprobar el ante proyecto de presupuesto, de conformidad a la políticas, normas y procedimientos que rigen la materia, para su presentación al Centro Financiero Nº 1;
- Coordinar y controlar, las actividades relativas a la programación presupuestaria anual, con sujeción a los lineamientos y montos globales que determinen el Ministerio de Hacienda en base a la estimación de recursos financieros y las prioridades de gastos e inversiones públicas establecidas por el Poder Ejecutivo, para el ejercicio fiscal correspondiente;
- Supervisar en forma oportuna, ante el Ministerio de Hacienda, por los conductos correspondientes, la transferencias de fondos correspondientes a los créditos asignados en el Presupuesto General de la Nación, en base al plan Financiero Institucional, planes de cajas y utilizarlos en forma estricta conforme a las normas que regulan el proceso de su ejecución;
- Disponer de la actualización permanente de la organización del área administrativo –financiero, incluyendo aspectos estructurales, funcionales, procedimentales, sistemas informáticos y comunicacionales, capacitación técnicas especificas en administración general y financieras, etc., a los efectos de lograr niveles más elevados de eficiencias y eficacia en la gestión Institucional;
- Reglamentar, los procedimientos administrativos internos, principalmente los vinculados con los recursos financieros, humanos, adquisiciones y enajenaciones, giraduría, contabilidad, organización y métodos, procedimientos de datos y servicios generales, tales como transporte, comunicaciones, limpieza, seguridad y custodias de los bienes patrimoniales de la Institución;
- Realizar, en forma oportuna a través del Departamento Financiero y Administrativo, las reprogramaciones de los créditos presupuestarios para cubrir necesarios operativas, en función a la obtención y prioridades institucionales establecidos y lograr así una ejecución y eficaz del presupuesto Institucional;
- Controlar, las actividades relativas al cierre de cuentas de ingresos y gastos para la liquidación presupuestaria, a fin de que las mismas se realicen en tiempo y forma, conforme a las disposiciones legales y normativas vigentes;
- Dirigir y controlar, la preparación de los informes financieros y memorias anuales, los cuales deben consignar las actividades desarrolladas por la DIMABEL, el estado económico y financiero de la Institución, los resultados obtenidos y poner a conocimientos del Centro Financiero Nº 1, de conformidad a los sistemas, normas y procedimientos vigentes;
- Controlar las actividades de procesamientos electrónicos de datos del sistema informático del área administrativos-financieros y que los mismo estén adecuadamente documentados;
- Disponer, de la remisión en tiempo y formas de los informes que se las requieran, además de las exigencias por la Resolución Nº 677/2004 de la controlaría General de la república; así como el cumplimiento de cualquier otra normativas a las mencionada, que esté relacionada al área administrativas-financieras;
- Controlar, las liquidación de pagos de viáticos y gastos de movilidad, a los efectos de asegurar que estén de acuerdos a las normativas vigentes en las materias y las correspondiente Rendición de los mismos de conformidad a la Resolución Nº 418/2005 de la Controlaría General de la República;
- Controlar, las operaciones relacionadas con la administración de los bienes patrimoniales de propiedad de la DIMABEL, exigiendo el cumplimiento con las disposiciones vigentes relacionadas con la administración, control, custodia, clasificación, baja, contabilización, inventario y régimen de formularios de los bienes, conforme a lo establecidos en el decreto Nº 20.132/03;
- Disponer de la realización del Plan Anual de Contrataciones, atendiendo las necesidades de las distintas dependencias de la Institución, para su remisión a la Direcciones de Contrataciones Públicas conforme a lo establecido en la Ley Nº 2.051/03;
- Solicitar por donde corresponde las autorizaciones correspondientes para el llamado de licitaciones, concursos y/o contrataciones directas de conformidad a las disposiciones de la Ley Nº 20.51/03”De Contrataciones Públicas”;
- Ejecutar cualquier otra función o actividad inherente al cargo, no especificada precedentemente.
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