COMUNICADO RENAR N° 01/23 | ||
El Departamento de Registro Nacional de Armas, comunica
a todos los importadores, comerciantes de armas de fuegos, municiones,
accesorios, afines, usuarios de explosivos, empresas de seguridad privada y
talleres de armerías, que a partir de la fecha se activará la ejecución
automática de Bloqueo de Acceso al Sistema Integrado DIMABEL (SID), de todas
las licencias de habilitación de las diversas categorías que se encuentren
fenecidas conforme a la Resolución N° 59/2023
“QUE DEROGA EL NUMERAL 4 DE LA RESOLUCIÓN Nº 318/17 "POR LA QUE SE
ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN EN LOS REGISTROS
HABILITADOS POR LA DIMABEL Y SE APRUEBAN LOS FORMULARIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LOS MISMOS, TRANSCURRIDOS 8 (OCHO) DÍAS POSTERIORES A LA FIRMA DE
APROBACIÓN", ESTABLECE EL PLAZO DE VALIDEZ DE LOS PERMISOS OTORGADOS POR
LA DIMABEL, ASÍ COMO, EL PROCESO PARA LA RENOVACIÓN O CANCELACIÓN DE LOS MISMOS
Y PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DETERMINADAS EN LA LEY 4036/2010.” del
Art. 1°, 2° y 3°. De la misma forma todos los importadores,
comerciantes de armas de fuego, municiones, accesorios, afines, usuarios de
explosivos, empresas de seguridad privada y talleres de armerías que se
encuentren en proceso de sumario administrativo por supuesta contravención a la
Ley 4036/2010 y a las Resoluciones de la DIMABEL, que fueran detectadas por el
Centro Nacional de Rastreo de Armas serán bloqueadas como medida preventiva,
hasta la culminación del proceso sumario y su regularización pertinente en el
caso que corresponda. OBSERVACIÓN: Las firmas de diversas categorías que cuenten con la
licencia de habilitación aún vigente, pero que figuren bloqueadas en el SID
deberán realizar el siguiente procedimiento:
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COMUNICADO RENAR N° 01/23:................................................................................................................................................... Descargar |
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El Departamento de Registro Nacional de Armas, comunica a todos los importadores, comerciantes de armas de fuegos, municiones, accesorios, afines, usuarios de explosivos, empresas de seguridad privada y talleres de armerías, que a partir de la fecha se activará la ejecución automática de Bloqueo de Acceso al Sistema Integrado DIMABEL (SID).
Ver MásSe informa a los señores Importadores y Comerciantes de armas de fuego y municiones, y a los Usuarios de Explosivos de las categorías Sociedades o Unipersonal, que el plazo establecido en la Circular N° 30 de la DIMABEL de fecha 22 de diciembre de 2022, para la presentación de libros digitales (Segundo Semestre del año 2022), se extiende hasta el 28 de febrero de 2023.
Ver MásLa Dirección de Material Bélico COMUNICA: a todos los Importadores, Comerciantes de materiales controlados, Empresas de Seguridad Privada, Clubes de Tiros, Polígonos de Tiros, Talleres de Armerías, Coleccionistas de Armas y la Ciudadanía en general; que; el día viernes 20 de enero de 2023 se realizará atención al público en el horario comprendido desde las 07:00 a 12:00 horas, por motivo de fumigación de las instalaciones.
Ver MásPOR LA CUAL SE ACTUALIZA LOS ARANCELES DE INGRESOS A SER PERCIBIDOS POR PRESTACION DE SERVICIOS DE LA DIMABEL, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN LA LEY N ° 4036/10 "DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, ACCESORIOS Y AFINES".
Ver MásSe recuerda a todos los Señores Importadores, Comerciantes de armas de fuego, municiones, y Usuarios de Explosivos categoría sociedades y/o unipersonal, que deberán presentar sus respectivos libros digitales para su verificación y rúbrica respectiva, el mismo será generado mediante el Sistema Integrado DIMABEL (SID) – en el formulario “Reporte de Libro Digital”.
Ver MásEL DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE MATERIAL BÉLICO RECUERDA, A LOS CLIENTES DE DIVERSAS CATEGORÍAS HABILITADAS POR LA DIMABEL, QUE DEBERÁN REALIZAR LOS RECAUDOS NECESARIOS PARA MITIGAR LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
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